El Artículo 18 constitucional no aplica en caso de delincuencia organizada

Martes, Marzo 10, 2009

Florence Cassez El impacto mediático ante la visita del presidente francés Nicolás Sarkozy fue contundente, como resultado de que contra la voluntad de todos puso como tema principal de su agenda el caso de la secuestradora Florence Cassez, quien purga una condena –ya rebajada- de 60 años de prisión en el Centro Femenil de Readaptación Social Tepepan, en la Ciudad de México e impidió que los analistas, críticos y contrarios a que esta mujer salga de nuestro país, leyeran el texto del Artículo 18 Constitucional, donde está la clave para impedirlo.

Se ha escuchado de todo. Sarkozy se dio vuelo en cada foro que se paró para hablar del tema y decir una y otra vez que él, como jefe de Gobierno de Francia, está obligado a ver por todos y cada uno de sus conciudadanos, sea la condición que sea de éstos.

Se burló y exhibió a los senadores, quienes como en aquellos años de Vicente Fox con Fidel Castro, trataron de impedirle que llegara a la tribuna de la Cámara Alta y que tocara el tema de la delincuente francesa –porque está plenamente probado que es una delincuente- y les dijo:

“No soy el hombre de la impunidad para nadie, pero al mismo tiempo tengo una responsabilidad frente a mis conciudadanos; hagan lo que hayan hecho. Pido que se respete ese equilibrio. No soy aquel que tiene un discurso para unos y otro para los otros.

“Tengo la responsabilidad de ocuparme de los franceses, sean quienes sean, pero no por ser francés uno se merece la impunidad. Cuando se es una gran democracia hay que aplicar los convenios internacionales.”

Con ello dio a entender lo que las organizaciones civiles no gubernamentales tratan de impedir, que hará hasta la imposible porque su compatriota sea extraditada a Francia, donde seguramente quedará en libertad y con ello se habría consumado en acto de burla absoluta contra los mexicanos, sus ciudadanos y sus autoridades, así como contra la “justicia mexicana”.

En varios lugares, por no decir casi en todos, se ha invocado el artículo 18 Constitucional, pero nadie ha dejado claro que éste mismo articulado puede impedir que la secuestradora francesa salga de México y cumpla con su condena en cárceles mexicanas.

Hasta donde sabemos, el secuestro, del que está acusada, como parte de la banda que encabezaba su novio, el mexicano Israel Vallarta, la de Los Zodíacos, es parte de lo que conocemos como delincuencia organizada y el Artículo 18 es muy claro en ese sentido.

Pero para entenderlo mejor, veamos la parte medular de este artículo, el cual por sí sólo aclara las dudas y con ello el gobierno mexicano tiene los elementos suficientes para acabar con las especulaciones en torno al tratado de Estrasburgo, que tanto ha sido invocado y en el cual el presidente Sarkozy sustenta su dicho.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título Primero, Capítulo I, de las Garantías Individuales, donde se encuentra inscrito el Artículo 18, establece a la letra (en la parte que nos interesa):

Los sentenciados de nacionalidad mexicana que se encuentren compurgando penas en países extranjeros, podrán ser trasladados a la Republica para que cumplan sus condenas con base en los sistemas de reinserción social previstos en este articulo, y los sentenciados de nacionalidad extranjera por delitos del orden federal o del fuero común, podrán ser trasladados al país de su origen o residencia, sujetándose a los tratados internacionales que se hayan celebrado para ese efecto. El traslado de los reclusos solo podrá efectuarse con su consentimiento expreso (ella así lo ha solicitado informalmente).

Los sentenciados, en los casos y condiciones que establezca la ley, podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios mas cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegracion a la comunidad como forma de reinserción social. Esta disposición no aplicara en caso de delincuencia organizada y respecto de otros internos que requieran medidas especiales de seguridad.

En estas últimas dos líneas está la clave. Lo establecido en el Artículo 18 no aplica para casos de Delincuencia Organizada y Florence Cassez es parte de esta lacra social.

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